miércoles, 17 de marzo de 2010

LOS DERECHOS HUMANOS





































CONTEXTO HISTÓRICO; ORIGEN DE LOS DERECHOS HUMANOS









Los Derechos humanos tienen un largo pasado y una historia más corta. Tradiciones religiosas y filosóficas en las civilizaciones y culturas del pasado han puesto de relieve la dignidad de la persona, han señalado condiciones para una vida que merezca el calificativo de humana, e incluso para la felicidad. Los mensajes religiosos y morales del budismo, confucianismo, judaísmo, cristianismo, islamismo, los grandes sistemas filosóficos de la Grecia Clásica, la filosofía helenística, la medieval, la renacentista y, muy especialmente, las teorías contractualistas y el iusnaturalismo racionalista de los siglos XVII y XVIII han considerado la especificidad del ser humano, sus características diferenciales, las condiciones y exigencias para el desarrollo personal y social.









La historia de los Derechos Humanos se desarrolla en Occidente desde el siglo XVII, y da origen a una serie de elaboraciones teóricas, declaraciones, proclamas, actas, pactos, etc. Tres grandes revoluciones liberales: la inglesa del siglo XVII, la norteamericana y francesa del siglo XVIII, fueron determinantes en el proceso de cristalización de los Derechos Humanos. En 1689, la Declaración de Derechos inglesa puso límites a los poderes de la monarquía y estableció garantías constitucionales para los ciudadanos. Independientemente de la concepción más o menos universalista que de tales garantías y derechos tuviesen los teóricos ingleses, de hecho y debido a los condicionantes de la época, tales derechos se especificaban para la clase media protestante de Inglaterra. Se garantizaba el derecho de los ingleses a la vida y propiedades, a ser gobernados por un parlamento constituido desde elecciones libres y periódicas (conviene señalar que no se incluían en éstos mujeres, niños y extranjeros).









Estos derechos fueros progresivamente reconocidos en las colonias que se iban organizando en la costa atlántica de Norteamérica. La Declaración de Virginia (1776) se basaba en unos Derechos naturales inalienables: vida, libertad, propiedad y felicidad. En la sección I establece: “que todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes, y tienen ciertos derechos innatos, de los cuales, cuando entran en estado de sociedad, no pueden, por ningún pacto, privar o desposeer a su posterioridad; a saber, el goce de la vida y de la libertad, con los medios para adquirir y poseer la propiedad, y buscar y conseguir la felicidad y la seguridad”.









En Francia la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano (1789) recoge los derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre para que sean respetados por el poder legislativo y ejecutivo, contribuyendo así a la felicidad de todos. “La Asamblea Nacional reconoce y declara en presencia y bajo los auspicios del Ser Supremo los siguientes Derechos del Hombre y del Ciudadano:









Artículo 1º: Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales no pueden fundarse más que en la utilidad común.









Artículo 2: La finalidad de toda asociación política y la conservación de los derechos naturales es imprescriptible del hombre. Estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión”.









Pero ni en Inglaterra, ni en Estados Unidos, ni en Francia se puso en práctica la declaración teórica de los Derechos Humanos. Se iba a necesitar una lucha continuada y comprometida para hacer extensivos los derechos a toda la población, es decir, negros, mujeres, población indígena, inmigrantes, niños y otros colectivos excluidos en el primer momento. Esta conquista sigue pendiente y es, de hecho, la gran meta para el siglo XXI.









La Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada en 1948 por la Asamblea General de la ONU, supuso un avance decisivo y sigue siendo la plataforma básica para avanzar en la universalización y profundización de los Derechos Humanos. En el preámbulo se reconoce la dignidad intrínseca y los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, como condición básica para alcanzar la libertad, justicia y paz en el mundo. La Asamblea General proclama la Declaración como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan mediante la enseñanza y la educación el respeto a estos derechos y libertades y aseguren mediante medidas progresivas de carácter nacional e internacional su reconocimiento y aplicación universal y efectiva.









Puede que ningún Estado, de los ciento ochenta y seis presentes hoy en la ONU, se manifieste en contra de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, e incluso que todos expresamente declaren su compromiso con tales derechos; pero lo cierto es que en la mayoría de estos países la violación de los derechos se produce de forma sistemática. Es más, en Europa y Norteamérica desempleo, pobreza, marginación, racismo y violencia alcanzan niveles intolerables, como se constata cada día en los medios de comunicación y publicaciones especializadas al respecto: Informes de la UNESCO, Amnistía Internacional, ONGs, etc.









La Declaración es el primer documento internacional y oficial que proclama los derechos para todos los hombres, mujeres y niños dejando al margen etnia, nacionalidad, cultura, religión y situación económica, nacida de la traumática experiencia de la Segunda Guerra Mundial, en la que los millones de muertos, los campos de concentración y las atrocidades cometidas en Europa y Asia fueron causa de que se tomara conciencia del drama y de que se decidiera que nunca más podría repetirse tal situación.









Sin embargo, la Guerra Fría y la confrontación entre Bloques relegó a segundo plano los horrores de la guerra caliente. Se bloqueó el funcionamiento de la Comisión de los Derechos Humanos y las iniciativas para llevarlos a la práctica. Cuando el bloque occidental exigía democracia y derechos civiles y políticos, el bloque del este ponía sobre la mesa los derechos económicos y sociales, así como la no-injerencia en los asuntos internos de otros Estados, así que ninguna de las dos partes cumplía con lo que predicaba. Occidente amparó dictaduras y el Este ocultaba con su retórica la pobreza y represión de sus ciudadanos. En ambos bloques los intereses geopolíticos y económicos de las grandes potencias primaron sobre la defensa de los Derechos Humanos, de forma que las décadas de los 50 y 60 no fueron propicios para una efectiva puesta en práctica de los Derechos Humanos.









En 1966, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos por un lado, y de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales por otro, supuso cierto avance, pero también tuvo limitaciones, ya que permitió interpretaciones interesadas, separando y jerarquizando estos derechos. Resulta más cómodo y económico para los gobiernos defender unos derechos como prioritarios frente a otros. Hoy día no es presentable defender la tortura, la represión o la censura, de forma que no se hace; sin embargo, resulta mucho más problemático comprometerse con la erradicación del desempleo y la pobreza y procurar vivienda, educación y salud para todos. En un mundo calificado de global, cuatro mil quinientos millones de seres humanos viven en países pobres, la inmensa mayoría en condiciones indignas, a lo que hay que añadir el hecho de que en los países desarrollados cada vez se abre más el abismo entre los que tienen, saben y pueden y los sectores marginados, cada vez más pobres y excluidos.









En las décadas de los setenta y ochenta los avances siguieron también a pasos muy lentos. Será en los noventa cuando los Derechos Humanos recuperen el primer plano. En 1993 se celebra en Viena la Conferencia Mundial sobre los Derechos Humanos, y se constituye el primer Tribunal Internacional para juzgar los crímenes de guerra cometidos en lo que fuera anteriormente Yugoslavia y un año después los cometidos en Ruanda. En 1998, la Conferencia de Roma aprueba la creación del Tribunal Penal Internacional con competencia para juzgar los crímenes de guerra y delitos contra la humanidad, con el apoyo de ciento veinte países, entre los que no se cuentan Estados Unidos, China e India. El 1998 la demanda de extradición del ex dictador chileno A. Pinochet, acusado de genocidio y crímenes contra la humanidad, constituye otro paso decisivo.









En los cincuenta años transcurridos desde la Declaración de los Derechos Humanos, su concreción en la práctica ha estado condicionada primero por el enfrentamiento entre los Bloques Este-Oeste y luego por el proceso de descolonización y conflicto Norte-Sur. Las intervenciones desde Estados Unidos en el continente iberoamericano no se han hecho precisamente en pro de los DH. Las muertes, desapariciones, torturas en las dictaduras del cono sur siguen gravitando sobre nuestra memoria más reciente. Por otro lado, el Bloque del Este llevó a cabo intervenciones condenables en su área de influencia. Asimismo, los medios de comunicación muestran a diario las dramáticas violaciones de los DH que se cometen a diario en Asia y África, continentes marcados por guerras, matanzas étnicas, torturas y extrema pobreza.









Si bien es cierto que la situación actual es mejor que en el pasado, y que las violaciones de los DH son hoy menores tanto cualitativa como cuantitativamente, también lo es que en los espacios de más libertad y bienestar -países europeos y norteamericanos básicamente- siguen presentes niveles inadmisibles de violencia, desempleo y pobreza para determinados sectores de la población, e incluso guerras, genocidios y terrorismo.









En las sociedades más desarrolladas, la mayoría de los ciudadanos tienen garantizados los DH -aunque la situación puede cambiar mucho para determinados grupos y sectores como emigrantes, minorías étnicas, desempleados, etc.- pero la conquista definitiva de éstos sigue pendiente en los países del tercer mundo para la mayoría de la población.





















































GRÁFICA DEL NÚMERO DE MUERTOS AL ACABAR LA SEGUNDA GUERRA MUNDIAL





















































En ella podemos observar como la URSS (con 19.500.000 muertos), es el país en el que más civiles y militares fallecieron. Este va seguido de Polonia (con 6.000.000 de muertos), la cual tiene mayor número de civiles muertos que militares. Y luego viene precedido de Alemania (con 5.000.000 de muertos), en la cual hay mayor número de fallecidos militares que civiles. A continuación viene Yugoslavia (con 1.800.000 muertos), con el mismo número de civiles y militares fallecidos. Seguidamente viene Francia (con 1.400.000 muertos), también con el mismo número de civiles y militares fallecidos. Y por último Reino Unido (con 1.200.000 muertos), en el que todos los fallecidos fueron militares.
















































MAPAMUNDI CON LOS PAÍSES QUE INCUMPLEN LA DUDH























































TRADUCCIONES AL INGLÉS Y AL FRÁNCES















THE UNIVERSAL DECLARATION OF HUMAN RIGHTS.
-On december 10, 1948 the general assembly of the united nations adopted and proclaimed the universal declaration of human right the full text of which appears in the following pages. Following this historic act the assembly called upon all member countries to publicize the text of the declaration and “ to cause it to be disseminated, displayed, read and expounded principally in schools and other educational institutions, without distinction based on the politicial status of countries or territories.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos


- El diez de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamo la Declamación Universal de los Derechos Humanos en cuyo texto aparecen las siguientes páginas. Tras el acto histórico de la Asamblea pidió a todos los miembros de los países que divulgaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera divulgados, dispuestos, leídos y comentados principalmente en colegios y en otras instituciones de educación, sin distinción en base de la conducción política de países o territorios.



Artículo-16Men and women of full age, without any limitation due to race, nationality or religion, have the right to marry and to found a family. They are entitled to equal rights as to marriage, during marriage and at its dissolution.Marriage shall be entered into only with the free and full consent of the intending spouses.The family is the natural and fundamental group unit of society and is entitled to protection by society and the State.


Articulo-16

1-Todos los hombres y las mujeres en edad núbil sin alguna limitación de raza, nacionalidad o religión, tienen el derecho de casarse y fundar una familia. Tener iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en casose separación de este.
2-el matrimonio se establecerá solamente con el libre consentimiento de los futuros esposos.
3-la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección social y del Estado.



Artículo-17
Everyone has the right to own property alone as well as in association with others. No one shall be arbitrarily deprived of his property.


Articulo-17

1- toda persona tiene derecho a la propiedad individual o bien en una asociación con otros.
2- Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo-18Everyone has the right to freedom of thought, conscience and religion; this right includes freedom to change his religion or belief, and freedom, either alone or in community with others and in public or private, to manifest his religion or belief in teaching, practice, worship and observance.

Articulo-18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión; estos derechos incluyen la libertas de elegir su religión o su creencia, y libertad de estar solo o en comunicación con otros y en publico o privado, de manifestar su religión o creencia, por la enseñanza, la practica, el culto o la observancia.



Artículo-19
Everyone has the right to freedom of opinion and expression; this right includes freedom to hold opinions without interference and to seek, receive and impart information and ideas through any media and regardless of frontiers.


Articulo-19

Toda persona tienen derecho a la libertad de expresión; este derecho incluye la libertad para mantener opiniones sin ser molestado e investigar, difundir informaciones y opiniones a través de algún medio de comunicación sin limites de fronteras.




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artículo-2oEveryone has the right to freedom of peaceful assembly and association.No one may be compelled to belong to an association.

Articulo-20


1- Toda persona derecho a la libertad de reunión en asamblea y asociación pacifica.
2- Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.





Artìculo-21Everyone has the right to take part in the government of his country, directly or through freely chosen representatives.Everyone has the right of equal access to public service in his country.The will of the people shall be the basis of the authority of government; this will shall be expressed in periodic and genuine elections which shall be by universal and equal suffrage and shall be held by secret vote or by equivalent free voting procedures.








Articulo-21


1-Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de la elección de representante.
2-Toda persona tiene derecho a igual acceso al servicio público de su país.
3- La voluntas del pueblo Serra expresada en elecciones periódicas y autenticas que se harán mediante el sufragio universal e igualitario y el voto Serra guardado en secreto para garantizar la libertad de las procedimientos de votación.







Artículo-22


Everyone, as a member of society, has the right to social security and is entitled to realization, through national effort and international co-operation and in accordance with the organization and resources of each State, of the economic, social and cultural rights indispensable for his dignity and the free development of his personality.


Articulo-22

Toda persona como miembro de una sociedad tiene derecho al seguro social y tiene derecho a la realización, a través del esfuerzo nacional e internacional de cooperación y en acuerdo con la organización los recursos de cada estado, para la economía, y los derechos indispensables sociales y culturales, para su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad.






Artículo-23

Everyone has the right to work, to free choice of employment, to just and favourable conditions of work and to protection against unemployment.Everyone, without any discrimination, has the right to equal pay for equal work.Everyone who works has the right to just and favourable remuneration ensuring for himself and his family an existence worthy of human dignity, and supplemented, if necessary, by other means of social protection.Everyone has the right to form and to join trade unions for the protection of his interests


Articulo-23

1- toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo para condiciones favorables justas de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2- Toda persona, sin ninguna discriminación, tiene derecho a igual salario e igual trabajo.
3- Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración justa y favorable que le asegure a él y a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y si es necesario por otros medios de protección social.
4- Toda persona tiene derecho a formas y reunirse en un sindicato para la protección de sus intereses.


Artículo-24

Everyone has the right to rest and leisure, including reasonable limitation of working hours and periodic holidays with pay.



Articulo-24


Toda persona tiene derecho al descanso y al tiempo libre, incluyendo a una limitación razonable de sus horas de trabajo y un periodo de vacaciones pagadas.







Artículo-25


Everyone has the right to a standard of living adequate for the health and well-being of himself and of his family, including food, clothing, housing and medical care and necessary social services, and the right to security in the event of unemployment, sickness, disability, widowhood, old age or other lack of livelihood in circumstances beyond his control.Motherhood and childhood are entitled to special care and assistance. All children, whether born in or out of wedlock, shall enjoy the same social protection.






Artículo-25

1-Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado para su salud y su bienestar para él y su familia, que incluya la comida, ropa, casa y seguro medico y los necesarios servicios sociales y derecho a la seguridad contra el desempleo, enfermedad, discapacidad, viudedad, vejez u otras carencias para su suspenso en circunstancias mas allá de su centro.
2-La maternidad y la infancia tienen derecho a una asistencia y un cuidado especial. Todo niño, nacido dentro o fuera del matrimonio, recibirá la misma protección social.









Artículo-26Everyone has the right to education. Education shall be free, at least in the elementary and fundamental stages Elementary education shall be compulsory. Technical and professional education shall be made generally available and higher education shall be equally accessible to all on the basis of merit.Education shall be directed to the full development of the human personality and to the strengthening of respect for human rights and fundamental freedoms. It shall promote understanding, tolerance and friendship among all nations, racial or religious groups, and shall further the activities of the United Nations for the maintenance of peace.Parents have a prior right to choose the kind of education that shall be given to their children.



Aticulo-26


1- Toda persona tiene derecho a la educación. La educación será gratuita, en los cursos elementales y fundamentales. La educación elemental será obligatoria. Técnicamente disponible y la educación superior será generalmente disponible y la educación será igualmente accesible por toda clase de meritos.
2- La educación será dirigida en el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a la libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos y promoverá el desarrollo de las actividades de las naciones unidas para el mantenimiento de la paz,
3- Los padres tendrán derecho a elegir el tipo de educación que se le dará a sus hijos.




Articulo-27Everyone has the right freely to participate in the cultural life of the community, to enjoy the arts and to share in scientific advancement and its benefits.Everyone has the right to the protection of the moral and material interests resulting from any scientific, literary or artistic production of which he is the author.





Articulo-27


1-Toda persona tiene derecho a libre participación en la vida cultural de la comunidad de disfrutar del arte y a participar en el avance científico y de sus beneficios.
2- Toda persona tiene derecho a la protección de sus intereses morales y materiales que le corresponda por cualquier producción, científicos, literarios y artísticos que sea autor.







Artícilo-30

Everyone is entitled to a social and international order in which the rights and freedoms set forth in this Declaration can be fully realized.


Articulo-28

Toda persona tiene derecho a un orden social e internacional en el que los derechos y las libertades proclamados en esta declaración sean plenamente realizados.







Artículo-29

Everyone has duties to the community in which alone the free and full development of his personality is possible.In the exercise of his rights and freedoms, everyone shall be subject only to such limitations as are determined by law solely for the purpose of securing due recognition and respect for the rights and freedoms of others and of meeting the just requirements of morality, public order and the general welfare in a democratic society.These rights and freedoms may in no case be exercised contrary to the purposes and principles of the United Nations.





Articulo-29

1- Toda persona tiene deberes a su comunidad ya que solamente la libertad y el pleno desarrollo para su personalidad que es posible.
2- En el ejercicio de sur derecho y libertades toda persona estará sujeta a las limitaciones establecidas en por ley con el único fin de asegurar y el respeto de los derechos y libertades de otro y satisfacer las justas exigencias de la orden moral, del orden publico y del bienestar general en una sociedad democrática.
3- Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las naciones unidas.













Artículo-30

Nothing in this Declaration may be interpreted as implying for any State, group or person any right to engage in any activity or to perform any act aimed at the destruction of any of the rights and freedoms set forth herein.

Articulo-30

Nada en esta declaración podrá ser interpretado en el sentido de que confiere derecho alguno al estado, a un grupo de personas o para emprender y desarrollar actividades o realizar actos que tiendan a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades recogidas en esta declaración.
















































ORGANISMOS QUE VELAN POR LA SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS









MECANISMO DE DERECHOS HUMANOS









Comisión de Derechos Humanos









El órgano de las Naciones Unidas que se ocupa principalmente de promover y proteger los derechos humanos es la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, establecida en 1946 por el Consejo Económico y Social. La Comisión proporciona orientaciones sustantivas generales, estudia problemas de derechos humanos, desarrolla y codifica nuevas normas internacionales y vigila la observancia de los derechos humanos en todo el mundo. En su calidad de principal órgano intergubernamental de formulación de políticas de derechos humanos de las Naciones Unidas, la Comisión esta facultada para examinar la situación de los derechos humanos en cualquier parte del mundo y la información proveniente de los Estados, las organizaciones no gubernamentales y otras fuentes.

La Comisión constituye un foro para que los Estados, las organizaciones intergubernamentales y las organizaciones no gubernamentales manifiesten sus preocupaciones sobre cuestiones de derechos humanos. Integrada por 53 Estados Miembros con mandatos de tres años, la Comisión se reúne anualmente durante seis semanas en Ginebra. Los Estados y las organizaciones no gubernamentales presentan información sobre las situaciones de interés para ellos; los gobiernos interesados suelen presentar respuestas. Tras examinar esas situaciones, la Comisión puede encargar a grupos o a expertos que determinen los hechos, organizar visitas sobre el terreno, dialogar con los gobiernos, brindar asistencia y condenar las violaciones.

Si una situación dada le parece suficientemente grave, la Comisión puede ordenar una investigación a cargo de un grupo de expertos independientes (un grupo de trabajo) o de una persona (relator/representante especial). Sobre la base de la información recibida de esos expertos, la Comisión pide al gobierno correspondiente que efectúe los cambios necesarios.

La Comisión de Derechos Humanos estableció en 1974 la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos (anteriormente denominada Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías). La Subcomisión celebra reuniones anualmente y esta integrada por 26 expertos, quienes desempeñan sus funciones a titulo individual y no como representantes de Estados. Dedicada inicialmente a cuestiones de discriminación y protección de las minorías, la Subcomisión ha ampliado considerablemente su esfera de interés a lo largo de los anos y se ocupa ahora de una amplia gama de cuestiones relativas a los derechos humanos y ha emprendido numerosos estudios, particularmente sobre el desarrollo de normas jurídicas; también formula recomendaciones a la Comisión de Derechos Humanos. Las organizaciones no gubernamentales participan en la labor de la Subcomisión.

Hay tres principales grupos de trabajo que realizan actividades en el marco de la Subcomisión: sobre poblaciones indígenas, sobre formas contemporáneas de esclavitud y sobre minorías.





Alto Comisionado para los Derechos Humanos





El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos es el funcionario de las Naciones Unidas que desempeña un cometido más destacado en la esfera de los derechos humanos. El Alto Comisionado, cuyo mandato es de cuatro anos, tiene a su cargo numerosas tareas, entre las que figuran las siguientes: promover y proteger el disfrute efectivo de todos los derechos humanos de todas las personas, promover la cooperación internacional en pro de los derechos humanos, estimular y coordinar las medidas sobre los derechos humanos en el sistema de las Naciones Unidas y prestar asistencia para desarrollar nuevas normas de derechos humanos y fomentar la ratificación de los tratados sobre derechos humanos. Además, el Alto Comisionado tiene encomendada la tarea de responder a las violaciones graves de los derechos humanos y de adoptar medidas para impedir violaciones.

En la actualidad desempeña el cargo de Alta Comisionada Mary Robinson, ex Presidenta de Irlanda. Bajo la dirección y la autoridad del Secretario General, la Alta Comisionada informa sobre sus actividades a la Comisión de Derechos Humanos, y a la Asamblea General por conducto del Consejo Económico y Social. En el marco de la labor que realiza para garantizar la observancia de los derechos humanos e impedir violaciones, la Alta Comisionada se encarga de dialogar con los gobiernos. En el sistema de las Naciones Unidas, la Alta Comisionada trabaja en pro del fortalecimiento y la nacionalización del mecanismo de derechos humanos de las Naciones Unidas con el objeto de que este sea más eficiente y eficaz.

La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos es el centre de coordinación de las actividades de derechos humanos de las Naciones Unidas y desempeña las funciones de secretaria de la Comisión de Derechos Humanos, los órganos creados en virtud de tratados (comités de expertos que supervisan el cumplimiento de los tratados) y otros órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas. Además, realiza actividades en la esfera de los derechos humanos y presta servicios de asesoramiento y asistencia técnica (véase el recuadro de la pagina anterior). Al margen de las consignaciones que recibe con cargo al presupuesto ordinario, la Oficina realiza actividades que se financian con fondos de contribuciones voluntarias o fondos fiduciarias.

La Alta Comisionada ha adoptado medidas concretas para institucionalizar la cooperación y la coordinación con órganos de las Naciones Unidas que realizan actividades en la esfera de los derechos humanos, como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y los Voluntarios de las Naciones Unidas. Paralelamente, la Oficina colabora estrechamente en la esfera de la paz y la seguridad con los departamentos de la Secretaria de las Naciones Unidas. La Oficina forma parte del Comité Permanente entre Organismos, que supervise la respuesta internacional a las situaciones de emergencia humanitaria.

Presencia sobre el terreno.

Una de las prioridades del programa de derechos humanos de las Naciones Unidas es velar por el disfrute de los derechos humanos en la práctica. En consecuencia, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos esta realizando actividades en unos 30 países, en las que participan mas de 200 funcionarios. Además de prestar asistencia técnica sobre el terreno, suele desempeñar funciones de supervisión y protección, como la reunión de información, la investigación de situaciones relacionadas con los derechos humanos y las denuncias de violaciones, lo que permite que los gobiernos puedan adoptar medidas de corrección cuando sea necesario. Esa presencia sobre el terreno también contribuye a fortalecer las capacidades nacionales en lo concerniente a la legislación, la administración y la educación en materia de los derechos humanos.

Educación e información

Para las Naciones Unidas la educación es un derecho humano fundamental y uno de los instrumentos más eficaces para promover los derechos humanos. La educación en materia de derechos humanos, ya sea estructurada o no, tiene por objeto impulsar una cultura universal de los derechos humanos mediante métodos de enseñanza innovadores, la difusión de conocimientos y la modificación de actitudes.

El Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la esfera de los derechos humanos (1995-2004) tiene por objeto crear una mayor conciencia a nivel mundial sobre los derechos humanos y fomentar una cultura universal al respecto. En su marco se ha conseguido que unos 40 países fomenten la educación en la esfera de los derechos humanos promoviéndolos en sus programas escolares. Varios países ya han aprobado planes de acción nacionales y han apoyado la participación de instituciones nacionales en esta esfera.

Una fuente clave de información en materia de derechos humanos es el sitio de la Oficina del Alto Comisionado.













ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS





AFRAPREDESA - Asociación de Familiares de Presos y Desaparecidos Saharauis - Oficina España. CEJIL - Centro por la Justicia y el Derecho Internacional - Programas, Labor, Documentos, Asamblea Extraordinaria de Lima, Gaceta sobre los nuevos reglamentos de la CIDH y la Corte Interamericana , Enlaces, etc..





Amnesty International - Protección de los Derechos Humanos en todo el Mundo. Centenares de enlaces con organismos afines, etc.





Coalición Contra la Impunidad - Coalición contra la Impunidad, Verdad y Justicia para los desaparecidos alemanes en Argentina, Enlaces, etc.





Comisión Ecuménica de Derechos Humanos - Publicaciones, Actualidad, Atropellos Recientes, Campañas y Acciones, Enlaces, etc.
(Ecuador)





Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer - Campañas, Novedades, Institucionales, Regionales, Institucionales, Publicaciones, Enlaces, etc.





Coordinadora Nacional de Derechos Humanos - Información, Consultorios, Campañas, Servicios, Novedades, Informes, Enlaces temáticos, etc.
(Perú)





CORREPI - Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional - Actividades, Documentos, Comunicados, Boletines, etc.
(Argentina)





Corte Interamericana de Derechos Humanos - OEA
Información general, Composición, Jurisprudencia, Publicaciones, Biblioteca Conjunta, Tribunales Internacionales e Instituciones Afines, Biblioteca Digital, Resoluciones y Sentencias, Medidas Provisionales, Comunicados de Presnsa, Otras Noticias de Importancia, Enlaces, etc.
En inglés, español, francés y portugués.
(Internacional)





Derechos - Human Rigths - Derechos es un organismo de Derechos Humanos, cuyo propósito es la lucha por el respeto a estos derechos en todo el mundo.





Derechos Humanos en el Mundo - Derechos Human Rigths
Información sobre violaciones a los derechos humanos organizada por zona geográfica.





Desaparecidos.org - Proyecto de diversos organismos y activistas de derechos humanos. Galería de Torturadores y Asesinos; Torturadores y Asesinos Argentinos, Torturadores y Asesinos Peruanos, Agentes de Inteligencia Chilenos, Graduados de la Escuela de las Américas, Jurisprudencia Internacional sobre los Desaparecidos, Documentos, Artículos, Desaparecidos en Argelia, Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile,









México, Panamá, Perú, Uruguay, Sahara Occidental, Turquía y Otros Paises, Enlaces, etc.





El Cafetín de los Derechos Humanos - Proyecto de Derechos Human Rights y el Equipo Nizkor.





Enlaces de Derechos Humanos - Derechos Human Rigths
Acciones y Campañas, Derecho,ONGs, Organismos Internacionales, Política y Gobierno, Recursos y Herramientas, Publicaciones, Regiones, Temas y Debates, Directorios, Webs Generales, Educación, Foros de Discusión, Informes y Noticias.





Equipo Nizkor - Derechos Humanos en América latina.
Listas de Discución, Enlaces, etc





Federación de Asociaciones de Juristas Progresistas - Fines, Documentos, Foro de Debate, Enlaces temáticos, etc.
(España)





FEDEFAM - Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos-Desaparecidos - Objetivos, Documentos, Boletín Hasta Encontrarlos, etc.





Grupo Fahrenheit - Listado Alfabético de Represores del Período 1976 a 1983 en Argentina. Médicos Represores, Listado Por Fuerza en la que se Desempeñaron, Listado de Desaparecidos en Argentina, Listado de Muertos por la Represión, Enlaces, etc.





Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos - Centro de Comunicación, Centros Barriales, Aportes Teológicos, Espacio Jurídico, Agenda, Enlaces temáticos, etc.
(Argentina)





Organización Mundial Contra la Tortura - Coalición internacional de ONGs que luchan contra la tortura y otras formas de tratamiento cruel e inhumano. Acciones en todo el mundo.





SERPAJ - Fundación Servicio Paz y Justicia - Informes, Artículos y Opiniones, Acciones, Regionales Serpaj, etc.
(Argentina)









ORGANISMOS INTERNACIONALES GUBERNAMENTALES





CIA - Central Intelligence Agency - Misión, Seguridad, Oficinas, Noticias, etc.
(Estados Unidos)





FBI -Federal Bureau of Investigation - Funciones, Alertas, Investigaciones, Reportes, Informaciones, Personas Buscadas, etc.
(Estados Unidos)





Federal Organizations of Canadá - Organizaciones Federales de Canadá. Todos los Organismos Federales ordenados alfabéticamente.
(Canadá)





Government Information Connection - Agencias e Información de Estados Unidos Federales, Estatales, Locales/Regionales e Internacionales/Extranjeras, Información por asunto o categoría.
(Estados Unidos)





Ministere de la Justice - Ministerio de Justicia de Francia.
(Francia)





Portal Parlamentario del Perú - Datos Generales, Constitución, Historia, Organización, Funciones, Procedimientos, Reglamento, Conformación, etc.
(Perú)





Presidencia de la República del Uruguay - Gobierno, Presidencia, Ministerios, Entes, Historia, Organismos, Servicios Sociales, Legislación, etc.
(Uruguay)





Senado de España - Funcionamiento, Organos que lo componen, Documentación, Directorio, Historia, Definición, etc.
(España)





Supremo Tribunal Federal de Brasil - Procesos, Jurisprudencia, Publicaciones, Noticias, Temas Institucionales, Conformación del Sistema Judicial, etc.
(Brasil)





The White House - La Casa Blanca de los Estados Unidos. Composición, Presidente George W. Bush, temas como Terrorismo, Seguridad, Educación, Energía, Historia, sitios, etc.





(Estados Unidos)





Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela - Jurisprudencia, Desiciones, Legislación, Casos, Gaceta Oficial, Noticias, Eventos, Enlaces, etc.
(Venezuela)





United States Environmental Protection Agency - Agencia de Protección del Medio Ambiente de Estados Unidos.
(Estados Unidos)





United States Census Bureau - Oficina de Censos de Estados Unidos, dependiente del Departamento de Comercio.
(Estados Unidos)





United States Courts - La Magistratura Judicial de los Estados Unidos.
Información Judicial. Acceso a la Suprema Corte , a las Cortes de Apelación, a las Cortes Distritales, etc. Links de cada Corte en cada uno de los Circuitos, incluyendo el Circuito Federal, el Circuito DC y Otros Circuitos.
(Estados Unidos)





United States Department of Justice - Departamento de Justicia de los Estados Unidos.
(Estados Unidos)









ORGANISMOS INTERNACIONALES NO GUBERNAMENTALES





Banco Mundial - Información, Paises y Regiones, Temas y Sectores, Investigaciones, Publicaciones, Estrategias, Proyectos, Noticias, etc.
(Internacional)





CEPAL - Comisión Económica para América Latina y el Caribe - Análisis e Investigaciones, Divisiones, Información Estadístita, etc.
(Internacional)





FAO - Organismo de las Naciones Unidas encargado de dirigir las actividades internacionales de lucha contra el hambre.
(Internacional)





ILI - International Law Institute - Links a sitios comprendidos en Desarrollo y Comercio, Agencias de Desarrollo internacionales, Derecho Internacional Público, Derecho Internacional Privado, Recursos Internacionales generales, Recursos Legales americanos, Comercio Electrónico, Ley y Economía, etc.
(Estados Unidos)





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(Internacional)



































































ORGANISMO NO GUBERNAMENTAL QUE VELA POR LOS DERECHOS HUMANOS





Uno de los organismos que trabaja a favor de los Derechos Humanos, los protege y vela por ellos es la Amnistía Internacional, que es una organización no gubernamental (ONG). Es muy actual en la vida cotidiana estas organizaciones y cada vez es mayor la necesidad de estas ya que se vulneran continuamente los derechos de las personas. Su trabajo consiste en promover los derechos humanos en el marco de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y otros tratados internacionales. Fundada en 1961 por el abogado británico Peter Benenson.





Benenson estaba leyendo un artículo del diario británico The Observer acerca de dos estudiantes portugueses encarcelados por haber hecho un brindis por la libertad. Esto lo impulsó a publicar en ese mismo diario el 28 de mayo un artículo titulado "Los prisioneros olvidados" (en inglés "The Forgotten Prisoners") llamando a los lectores a efectuar una campaña de correspondencia en apoyo a estos estudiantes. Dicho artículo fue publicado y traducido en otros diarios del mundo. En julio de 1961 se realiza la primera reunión de delegados de Bélgica, Reino Unido, Alemania, Irlanda, Suiza y los Estados Unidos para establecer un movimiento internacional permanente en pro de la defensa de la libertad de opinión y religión.





En 1977 esta organización recibió el Premio Nobel de la Paz.





Objetivos y métodos





Los principales objetivos de AI son:









AI efectúa su acción por medio de:









  • Misiones de investigación para recabar información de denuncias de violación de los derechos humanos, así como observadores;




  • Una Red de Acciones Urgentes, en los casos de pena de muerte, por medio del envío de cartas al respectivo gobierno. Este sistema también funciona para la liberación de los prisioneros de conciencia.




  • Campañas internacionales para promover los derechos humanos




Financiación





AI-Venezuela realiza demostración por el Control de Armas en Caracas, durante el Foro Social Mundial





AI internacional se financia por medio de donaciones de sus miembros asociados pero no solicita ni recibe subvenciones de gobiernos nacionales. De esta forma busca mantener un rol de imparcialidad el cual, en ocasiones, no es percibido por determinados sectores ideológicos que acusan a la organización de ser más activa para según qué países dependiendo de la ideología.





Organización





Amnistía Internacional es una organización mundial de voluntarios compuesta de Secciones, Estructuras, redes internacionales, Grupos afiliados y miembros internacionales.





La máxima autoridad para la dirección de los asuntos de la organización recae en el Consejo Internacional.





AI también tiene un Comité Ejecutivo Internacional (CEI), cuya función primordial es proporcionar liderazgo y orientación estratégica a la organización en todo el mundo.





La gestión diaria está a cargo del Secretariado Internacional (SI), encabezado por un secretario o una secretaria general, bajo la dirección del Comité Ejecutivo Internacional. El SI tiene su sede en Londres, Gran Bretaña.
















































NOTICIA





Aquí exponemos una noticia puesta en común en la que se están violando los Derechos Humanos.





EL ABC FERNANDO GUALDONI - Madrid - 04/07/2007





Brasil libera a 1.106 esclavos en la Amazonia





La policía federal e inspectores de trabajo brasileños liberaron el lunes a 1.106 trabajadores esclavos en una plantación de caña de azúcar en el Estado de Pará, en la zona amazónica. La liberación es la mayor jamás realizada por las autoridades desde que en 1995 el Gobierno comenzara a combatir oficialmente el trabajo forzado. Las personas liberadas, mayormente hombres de entre 18 y 40 años, habían sido captadas en Estados del noreste del país y trasladadas a la Amazonia. Les prometen altos salarios y contraen una deuda con sus empleadores por el transporte, el alimento y las herramientas de labranza. Como luego no les pagan, quedan esclavizados por las deudas. Hay entre 25.000 y 85.000 esclavos en Brasil, según diferentes organizaciones.





"Sé que parece que estuviésemos hablando del siglo XIX y estamos en el XXI, pero hablamos de esclavitud. La diferencia es que aquí no hay distinción de razas: hay negros, blancos, indígenas... El denominador común es que todos son pobres, muy pobres", cuenta Luis Machado, de la oficina de la Organización Mundial de Trabajo (OIT) en Brasilia.





Los más de mil esclavos fueron liberados de una propiedad de la compañía agrícola Pagrisa, cercana a la ciudad de Ulianópolis, en el amazónico Estado de Pará. Habían sido "contratados" por los llamados gatos -agentes que actúan en nombre de los hacendados o empresas- en los paupérrimos Estados de Maranhão y Piauí, a cientos de kilómetros de allí, en el noreste del país.





"Van allí y les prometen buenos salarios. A los que aceptan les adelantan un dinero para el transporte, para la comida del primer mes y para el alquiler de los instrumentos de labranza. Cuando comienzan a trabajar ya no les pagan y quedan esclavizados por la deuda contraída. Los liberados de Pará estaban en una plantación de caña de azúcar, pero la mayor parte de estos esclavos los utilizan en las labores de deforestación en la Amazonia profunda, lugares de acceso difícil donde es complicado para las autoridades detectar el trabajo esclavo", explica Machado.





La principal vía por la que el Gobierno se entera de estos abusos son los sacerdotes. Los pocos esclavos que logran escapar van a las iglesias más cercanas para hacer la denuncia porque no se fían ni de la policía ni de las autoridades civiles locales. "Ha habido casos en que la policía ha devuelto a los trabajadores a las haciendas. Allí los castigan muy duro", dice Machado.





* EXPLICACIÓN





Esta noticia explica el sufrimiento de las personas que han sido esclavas de otras y de cómo se estaban violando sus derechos a conciencia por la persona que los esclaviza. Los esclavos eran preferentemente entre 18 y 40 años. Da igual que sean blancos o negros lo único es que son todos muy pobres y analfabetos lo cual para los que esclavizan es más fácil engañarlos.













Les liberan de una propiedad de la compañía agrícola Pagrisa, cercana a la ciudad de Ulianópolis, en el amazónico Estado de Pará de realizar trabajos forzados, y les contratan los llamados gatos -agentes prometiéndoles buenos trabajos y buenos sueldos pero como no les pagan vuelven a ser esclavos de las deudas que han contraído.





Además en este suceso se puede observar favorablemente como se ha violado el artículo cuatro de la Declaración de los Derechos Humanos. El cual es que nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. Aunque lo de que estarán prohibidas en todas sus formas es muy difícil por no decir imposible en los países subdesarrollados.










PERSONAJE
En nuestro trabajo vamos a exponer un personaje que trabaja en la defensa de los derechos humanos y que es también parte de la Amnistía Internacional, ella es Irene Khan. A continuación una biografía de esta.

* IRENE KHAN
Abogada y activista bangladeshi, elegida secretaria general de Amnistía Internacional en 2001. Irene Zubaida Khan nació el 24 de diciembre de 1956 en Dhaka, la capital de Bangladesh, una ciudad de 8,5 millones de habitantes, en la que conviven con una cierta abundancia en pobreza. Tuvo la suerte de crecer en una familia privilegiada, en un país pobre e inmerso en una guerra civil, y fue ese entorno, junto con su propia experiencia el que despertó su conciencia sobre la necesidad de difundir los derechos humanos. También muy pronto nació en ella la inquietud por suavizar la situación de las poblaciones desplazadas, pues aunque ella misma no sufrió el drama que viven los refugiados, pudo ver como muchos de sus vecinos se veían obligados a abandonar sus hogares y a marcharse a otros lugares. Irene Khan, Según sus propias palabras, la razón por la que se intereso por los derechos humanos no fue tanto el racismo sino la observación de las desigualdades. Ella no veía diferencia entre un niño de la calle y ella misma; ese niño podía hacer las cosas tan bien como ella, pero el padre del niño no tenía dinero para mandarlo a la escuela, y el padre de ella si. Desde muy joven tuvo la vocación de estudiar leyes y efectivamente, curso derecho en la Universidad de Manchester y después en la Universidad de Harvard, donde se especializó en derecho público internacional. Su interés por trabajar en contacto con los problemas reales de los más desfavorecidos para intentar mejorar sus condiciones de vida y el respeto a sus derechos cívicos, la llevó a cofundar, en 1977, la organización de ayuda al desarrollo Concern Universal. Dos años después comenzó su labor como activista en favor de los derechos humanos trabajando como asistenta legal en la Comisión Internacional de Juristas en Ginebra. En 1980 Irene Khan inició una brillante carrera en el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, donde durante veintiún años ocupó diversos puestos en la oficina central y en operaciones sobre el terreno para promover la protección internacional de los refugiados. Entre 1991 y 1995 fue una de las principales colaboradoras de la responsable del ACNUR en aquellas fechas, la japonesa Sadako Ogata, tras lo cual fue designada jefa de misión del ACNUR en la India (1995), convirtiéndose en la representante de la agencia de la ONU mas joven en aquel momento en un cometido de estas características. En 1998 se hizo cargo de la dirección del Centro de Investigación y Documentación del ACNUR, y en 1999 encabezó el equipo de la agencia en Macedonia durante la crisis de Kosovo, y fue nombrada directora adjunta de Protección Internacional. En agosto de 2001 fue elegida secretaria general de Amnistía Internacional, organización que trabaja a favor del respeto de los derechos humanos bajo la premisa de la independencia de todo gobierno, ideología política o credo religioso. Khan reemplazaba en el puesto a Pierre Sane. Se convertía así en la primera mujer y además de religión musulmana y origen asiático que en cuarenta años de historia accedía al cargo de secretaria general de una de las organizaciones no gubernamentales más emblemáticas en la defensa de los derechos humanos. A partir de ese momento se trasladó a vivir a Londres, donde se encuentra la sede de la organización. Era el año en que AI celebraba su 40 aniversario y comenzó un proceso de renovación, con el fin de abordar la compleja naturaleza de las violaciones de derechos humanos contemporáneas. Pocos días después, los atentados del 11 de septiembre en Nueva York y Washington revolucionarían la situación internacional.







































CANCIÓN





Para nuestro trabajo hemos visto bien esta canción que refleja los abusos que se cometen hacia los Derechos Humanos.





Autor: Maná





Título: Me voy a convertir en un ave





Álbum: Sueños líquidos





Año de publicación: 1997





Letra de la canción:





Aquí estoy injustamente preso
en una celda
La policía me está acusando
no entiendo de qué
Dicen que los derechos humanos
me van ayudar
Pero aquí yo no veo humanos, solo
puros hijos de su perra
Me están pateando los cojones
pateando los pies
Me están ahogando dentro de la mierda
ahogando la fe
Soy un saco de huesos destrozados
no puedo moverme
Tengo el rostro desecho ensangrentado
ya no puedo ni ver
Son tantas las palizas que me han dado
no siento el dolor
Dolor es el que surge cuando pienso
pienso en mi mujer
La han desaparecido de la tierra
dolor es no tener su mano fina
no tener su mano aquí
Dolor, amor, donde está mi mujer?
Dolor, amor, donde está mi mujer? oh...
Mi cuerpo se está separando de mi mente
se quiere huir
Que invente que sueñe que vuele muy muy alto
me lleve hasta ti
Me voy a convertir en una ave
convertir en una ave
Mis alas están saliendo
Mis plumas estoy moviendo cruzar por los barrotes
Volar al horizonte
Llegar hasta ti
Dolor, amor, donde está mi mujer?
Dolor, amor, donde está mi mujer?
Dolor, amor, donde está mi mujer?
Dolor, amor, donde está mi mujer?






































FOTOGRAFÍAS












































PINTURAS

















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